El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial 178-2015 que restringe la circulación de transporte pesado en Semana Santa, del 1 al 5 de abril.
La restricción entra en vigencia después del mediodía del 1 de abril y abarca hasta la medianoche del día 5 de ese mismo mes. De igual forma, hace la salvedad de que los transportes de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos podrán circular sin necesitar permisos y quien incurra en faltas al acuerdo será sancionado de conformidad con las leyes vigentes.
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